El gobierno aprobará en el pleno las bases reguladoras para la concesión de una línea de ayudas económicas, en esta ocasión destinadas a micro empresas del municipio, que supondrá una aportación de mil euros para este tipo de negocios que se han visto afectados por la crisis sanitaria del covid-19.

En total, la partida para estas ayudas asciende a 225.000 euros. Esta línea de subvenciones supone el segundo bloque de ayudas planificadas por el Ayuntamiento dirigidas al colectivo comercial de la ciudad, que constituye el sector más afectado por la declaración del estado de alarma y, por tanto, más vulnerable económicamente.

Serán beneficiarios de estas ayudas aquellas micro-empresas de Alcalá de Guadaíra que, constituidas como sociedades de carácter mercantil, cuenten con menos de 6 trabajadores y un volumen de negocio en el último ejercicio económico no superior a los 250.000 euros. Deberán ejercer su actividad mediante la apertura al público de locales y establecimientos minoristas que se hayan visto obligados a cerrar. Para la concesión de las ayudas únicamente se pedirá la apertura del establecimiento en un plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2020.

Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones o entes. No obstante, y en relación a esta línea de ayudas, si el solicitante es titular de varias actividades económicas suspendidas por el decreto de estado de alarma, solo podrá optar a una única ayuda económica municipal de estas bases.

La tramitación de estas ayudas una vez aprobada en Pleno será de 10 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia). En este sentido, se habilitará en la web municipal del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra www.alcaladeguadaira.es el modelo de solicitud correspondiente a cumplimentar y entregar en los plazos establecidos. Una vez abierto el plazo, la solicitud deberá acompañarse de documentación relacionada con la identificación del solicitante, así como la documentación económica y fiscal.

El órgano competente para otorgar las subvenciones es la Junta de Gobierno Local. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no excederá de tres meses. Según las bases, la ayuda concedida se abonará en un solo plazo.

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