El criterio aplicado al exalcalde en el Supremo se extiende a los concejales en Alcalá

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Alcalá ha archivado las diligencias previas contra seis exconcejales socialistas del Ayuntamiento de Alcalá investigados en el caso Alcalá Comunicación Municipal (ACM). El magistrado Javier Francisco Alba Figuero ha acordado decretar el sobreseimiento provisional de la actuaciones en relación a Miriam Burgos, Guillermina Navarro, María José Borge, María Dolores Gutiérrez, Rafael Chacón y Salvador Escudero. El auto es provisional y la defensa de los exconcejales ha solicitado que también se archiven las diligencias contra Gloria Marín al estar en las mismas circunstancias que el resto de exconcejales.

Al considerar el Tribunal Supremo el sobreseimiento libre de las actuaciones contra el exalcalde de Alcalá, Antonio Gutiérrez Limones, en referencia al delito de prevaricación omisiva que se le imputaba por desatender las peticiones del interventor para un mejor control financiero y contable de ACM, el magistrado ha extendido el criterio a los investigados que se pudieran encontrar en la misma situación. En este sentido, razona en el auto, que «la persona aforada era el alcalde, presidente de la Junta de Gobierno Local, del Pleno del Ayuntamiento y de la Junta General de ACM», por lo tanto «todas aquellas omisiones que motivaron las imputaciones de los investigados por sus actuaciones dentro los órganos de gobierno local o de la Junta General deberán ser sobreseídas a la vista de que si no existe responsabilidad por parte del máximo responsable de dichos órganos, tampoco podrán ser exigidas frente a los que tenían menor poder de decisión que él».

Las solicitudes del interventor no fueron atendidas y el control contable y fiscal de ACM no se llevó a cabo por parte de éste, y a pesar de ello las cuentas anuales se aprobaban cada año por la Junta General. El Alto Tribunal, al sobreseer la causa contra el presidente de esta Junta General y destinatario de los avisos del interventor, Antonio Gutiérrez Limones, «hace que no pueda sino sobreseerse la causa en relación a los otros investigados que recibieron los avisos del interventor y que tenían menos poder de decisión».

El criterio establecido por el Supremo también afecta a la investigación de la ampliación del objeto social de ACM que se llevó a cabo en octubre de 2003 con Gutiérrez Limones como presidente. El Alto Tribunal negó una estructura organizada por lo que la falta de responsabilidad debe extenderse al resto de investigados partícipes en la Junta General.

El sobreseimiento libre acordado por el Tribunal Supremo, «impide afirmar la existencia de la supuesta coordinación entre los estamentos de la entidad para la realización de actividades ilícitas». Según el magistrado Alba Figuero, «tampoco procede deslindar la situación de la persona aforada del resto de investigados» porque «no consta la realización independiente de actos directos en las actividades investigadas». En cuanto a los miembros del Consejo de Administración, «poco se puede exigir» porque no tenían competencias para nombrar un auditor para verificar las cuentas.

Aunque el núcleo de las imputaciones estaban basadas en la comisión de los ilícitos por omisión, a Miriam Burgos se le imputaba la realización directa de un acto de malversación de caudales públicos por la utilización de dinero público para realizar un viaje a Puerto Rico, acompañada, entre otros, por el gerente de ACM. El viaje, y el supuesto desvío patrimonial se realizó el 17 de agosto de 2008. Este hecho no estaría prescrito de haberse mantenido la imputación por una prevaricación omisiva continuada en el tiempo en conexión con la malversación de caudales públicos. Aunque la defensa de Miriam Burgos pidió la prescripción del delito, el magistrado desestimó esta petición, y se procedió a investigar el delito de malversación por separado.

Finalmente, la investigada aportó el justificante de pago del viaje a Puerto Rico a cargo de una cuenta corriente de su titularidad, «lo cual no impediría por sí mismo la realización del delito imputado en primera instancia, pero sí que hace que la existencia de indicios aparezca lo suficientemente difuminada», sostiene el magistrado en el auto. En este sentido, ha acordado también el sobreseimiento del delito de malversación por el que se investigaba a Miriam Burgos.

Para el resto de los investigados en la instrucción del Caso ACM, continúan en curso las actuaciones. En este sentido, el magistrado ha acordado recabar la documentación solicitada por el perito judicial a través de la Guardia Civil, encargada de los informes que obran en la causa. Una vez se obtenga dicha documentación, deberá ser remitida al perito judicial para terminar el informe pericial.

La Voz de Alcalá necesita tu compromiso

Licenciado en Periodismo. Actualmente La Voz de Alcalá, Sevilla Actualidad y En Andaluz. Antes en Localia TV y El Correo de Andalucía.

Deja un comentario