El TSJA estimó el recurso de apelación interpuesto por el sindicato profesional de policías municipales de España-Andalucía contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Sevilla. De esta forma se anuló la primera resolución que le daba la razón al ayuntamiento de Alcalá sobre las funciones que tenían los vigilantes del entorno después de su contratación.
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