El Sindicato de Empleados Municipales (SEM) presenta un recurso de reposición a las Ofertas de Empleo Público (OPE) de 2019, 2020 y 2021, publicadas recientemente. El sindicato denuncia que la alcaldesa, Ana Isabel Jiménez, «se olvida» de las personas con discapacidad dejándolas sin cupo de reserva de plazas en las OPE denunciadas. De esta manera, el SEM considera que se incumple la legislación que regula «el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad».
Recuerda el sindicato que las ofertas de empleo público tiene que reservar por ley un cupo no inferior al 5% por ciento de las vacantes para ser cubiertas por personas cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 33 por ciento. Denuncian así que en las ofertas de 2019, 2020 y 2021 no se incluye ninguna.
Asimismo, critica el sindicato que «el PSOE de Alcalá de Guadaíra es un partido que vulnera los derechos fundamentales de las personas trabajadoras». En este caso en concreto, señalan que «son derechos constitucionales que cuentan con la mayor protección y que a nuestra alcaldesa parecen importarle lo mismo que las personas con discapacidad: Nada».
El Ayuntamiento responde que cumple con la ley
El Ayuntamiento por su parte, asegura que cumple «escrupulosamente» la legalidad en las contrataciones municipales y en la reserva de plazas para personas con discapacidad en los procesos para incorporación de personal a su plantilla. Señalan que «la legislación establece que debe destinarse un 7% de las plazas ofertadas para personas con discapacidad» y que las ofertas públicas de empleo municipales de los años 2019, 2020, 2021 y 2022, no llegan al mínimo exigido por ley para poder realizar reservas para discapacitados, ya que el 7 por ciento del número de plazas ofertadas no llega a una. En ese caso, según la legislación no se puede establecer ninguna reserva de plaza para este colectivo.
Hay que tener en cuenta que «para la aplicación de este porcentaje no se tienen en cuenta las plazas de Policía Local y de Bomberos porque no computan. También aclara el Ayuntamiento que a efectos de contabilizar los porcentajes no pueden sumarse las ofertas de plazas de años distintos, sino contemplar los datos de cada año por separado». Por último, indica el Consistorio que, «no puede modificar el porcentaje de plazas asignadas, ni establecer reserva de plazas según su criterio, ya que la ley no lo permite. Las bases de las convocatorias de empleo deben realizarse conforme a la ley».