La Asociación de Jefes y Directivos de Andalucía, Ajdepla, se ha mostrado en contra del nombramiento de un Capitán de la Guardia Civil ajeno al Cuerpo para Jefe de la Policía Local de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) por el procedimiento de «libre designación». Esta asociación lleva años formulando numerosas alegaciones, ante la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil, para que en la nueva Ley la Jefatura de los Cuerpos de Policía Local, sea sólo ostentada por mandos de las Policías Locales.
Existe unanimidad entre todos los miembros de la Comisión de Coordinación para que el nombramiento de una Jefatura de la Policía Local de Andalucía, se efectúe entre las personas de máxima categoría del Cuerpo de la Policía Local del municipio, o incluso de otros cuerpos de la policía local de Andalucía, y así se lo ha manifestado siempre desde la asociación a la Consejería de Justicia e Interior.
En este sentido, la asociación de jefes de policías locales está en contra de este recién nombramiento por parte de la Alcaldesa de Alcalá de Guadaíra, Ana Isabel Jiménez, porque «no queremos puertas giratorias, ni pasarelas». Además, «no existe reciprocidad para que mandos de las Policías Locales puedan ser nombrados jefes de las restantes Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en este caso concreto de la Guardia Civil». Además, matizan que, aunque pertenezca a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, «la Guardia Civil tiene carácter militar». Tampoco existe equivalencia entre las distintas categorías o empleos de las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
«Con independencia de la valía y acreditada experiencia, de la que no dudamos, de los profesionales procedentes de otros Cuerpos de Seguridad», para Ajdepla, «este procedimiento ha sido siempre considerado como un mecanismo que vulnera el Estatuto Básico del empleado público, porque de esta forma, algunos Alcaldes pueden nombrar discrecionalmente al Jefe de la Policía Local, a funcionarios de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, solamente con el requisito de la categoría igual o superior, sin tener en cuenta la titulación que la Ley exige a las propias Policías Locales para ascender de una escala a otra».