El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que condena al Ayuntamiento de Alcalá por pagar por debajo del convenio a 250 trabajadores acogidos al programa de empleo +30 y Empleo Joven. Según la defensa de los trabajadores percibían un 50% menos del salario que les correspondía aplicando el convenio del Ayuntamiento. 

El Juzgado de lo Social 8 de Sevilla dictó favorablemente a los trabajadores y la sentencia fue confirmada por el TSJA. El Ayuntamiento recurrió a Tribunal Supremo que no ha admitido el recurso, confirmando así la sentencia. El despacho de abogados de los trabajadores asegura que es la quinta vez que el Supremo no admite el recurso y declara firme las sentencias del TSJA relativas a los planes de empleo. La sentencia condena al Ayuntamiento a pagar a los empleados las diferencias salariales no abonadas.

Asimismo, los abogados afirman que se “está incumpliendo el Reglamento Europeo que regula tanto estas contrataciones como su financiación” y que  “no es descartable que la Unión Europea pueda reclamar los fondos cedidos para las contrataciones a la Junta de Andalucía a través de la Administración del Estado”, ya que dicha reglamentación “prohíbe expresamente” las prácticas discriminatorias en función de las condiciones personales o sociales de los afectados.

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