El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dado la razón al Ayuntamiento de Alcalá declarando adecuadas las medidas que esta administración tomó en la pandemia del Covid-19. Así, el alto tribunal ha desestimado el recurso de suplicación que interpuso el Sindicato de Empleados Municipales (SEM), en el que se reclamaba una indemnización por daños y perjuicios.
Ante la demanda interpuesta por el SEM en la que pedía que se reconociese el incumplimiento por parte del Ayuntamiento de unas medidas adecuadas de prevención de riesgos laborales y una indemnización de 8995 euros por daños y perjuicios ocasionados, la justicia ha dado la razón al Ayuntamiento al desestimar el recurso de suplicación interpuesto.
Entre los fundamentos recogidos, destacan las evaluaciones de riesgos laborales, información y formación específica, la evaluación de los empleados especialmente sensibles, Epis, servicio de prevención propio, coordinación de actividades preventivas como la limpieza de vehículos del parque móvil y del parque de extinción de incendios.
El TSJA ha concluido que no consta que la inspección de trabajo haya derivado la proposición de sanción alguna por falta de cumplimiento y que tales criterios y argumentaciones son corroborados por la sentencia de instancia.