Imagen del acusado del asesinato de Alcalá justo antes de comenzar el juicio - MARÍA JOSÉ LÓPEZ/EUROPA PRESS

El jurado popular encargado de enjuiciar al acusado de asesinar al Chicho lo ha declarado culpable este lunes en la Audiencia de Sevilla. La Fiscal, además, ha rebajado su petición de condena de 29 a 20 años, al admitir la atenuante de confesión y sustituir el delito de robo con violencia por un delito leve de hurto. 

Se ha declarado al acusado culpable de matar a la víctima por decisión propia mediante un estrangulamiento a lazo, «aprovechando» que se había desvanecido tras agredirle con una piedra en la cabeza. El jurado ha zanjado, además, que el inculpado no había ingerido previamente alcohol ni drogas y que fue tras el crimen cuando decidió robar el dinero y las pertenencias de esta persona.

Lo mató por decisión propia

Prácticamente por unanimidad en todos sus pronunciamientos, se ha declarado probado que el mediodía del 24 de septiembre de 2022, el acusado y el varón fallecido se encontraban en un descampado urbano de Alcalá de Guadaíra, donde se enzarzaron en «una pelea» entre ambos. En este marco, el inculpado «golpeó con una piedra en la cabeza» a la víctima, causando que la misma cayese al suelo, lo que le supuso un nuevo impacto craneal y un «desvanecimiento».

Aprovechando esta situación y su falta de capacidad de defensa, según el jurado popular, el inculpado mató a esta persona por decisión propia, mediante un «estrangulamiento a lazo» con unas telas, reforzado con un palo con el que «aumentó la presión del torniquete» que había aplicado al cuello de esta persona, «hasta acabar con su vida».

El acusado, a la hora de comparecer en el juicio, aseguraba que agredió a la víctima, pero que no recordaba nada del estrangulamiento a causa de su estado «de borrachera» tras ingerir alcohol y drogas.

No había ingerido alcohol

El jurado popular ha declarado probado, también por unanimidad, que fue tras dar muerte a este hombre cuando el acusado decidió apoderarse de su riñonera, que incluía su cartera y una cartilla bancaria. Así, han declarado que no ha quedado probado que el acusado acabase con la vida de la víctima con la finalidad previa de robarle. Todo ello, sin que el inculpado hubiese ingerido alcohol o drogas antes de los hechos y por ende hubiese visto disminuida su «capacidad de comprender» sus propios hechos.

El jurado popular ha declarado también probado por unanimidad que, tras el crimen, el acusado «se fue de compras» con otra persona, que fue quien «abonó con dinero que sacó de su bolsillo» el móvil valorado en 99 euros implicado en los hechos, declarando «no probado» que dicho terminal fuese pagado con el dinero sustraído por el encartado al cadáver de su víctima.

El acusado demostró “colaboración relevante” con las autoridades

También por unanimidad, se ha probado que, finalmente, el inculpado se entregó voluntariamente a la Policía Nacional de Alcalá de Guadaíra, confesando los hechos y prestando una «colaboración relevante» para la investigación, pero sólo una vez que supo que la investigación policial se dirigía en su contra.

Al finalizar el juicio, antes del veredicto del jurado popular, la Fiscalía mentenía su petición inicial de 29 años de prisión para el encartado por delitos de asesinato y robo con violencia; 25 por el primer delito y cuatro por el segundo; mientras su defensa solicitaba cinco años de prisión por un delito de homicidio con la eximente incompleta de drogadicción y la atenuante de confesión.

Pero, tras el veredicto del jurado popular, la fiscal del caso ha reducido a 20 años su pena de cárcel por el delito de asesinato, al apreciar que el jurado popular atisba la atenuante de confesión; eliminando la acusación de robo con violencia y sustituyéndola por un delito leve de hurto, con petición de una multa de 900 euros.

Periodista. Comunicando y aprendiendo de todo a mi alrededor. Involucrada en el periodismo social.

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