Agente de tráfico / DGT

Una alcalareña ha conseguido que el Ayuntamiento de Madrid anule una sanción de 200 euros que le había impuesto por circular indebidamente por una zona de bajas emisiones de la capital, a pesar de que ni ella ni su vehículo se movieron de Sevilla el día de la supuesta infracción.

Ana V.G., vecina de Alcalá de Guadaíra, recibió en marzo una notificación de multa de tráfico por una infracción «grave» cometida presuntamente el 7 de diciembre de 2024 a las 20:48 horas en la zona de bajas emisiones de especial protección de Plaza Elíptica, en Madrid. Aunque los datos personales y del vehículo coincidían, la sanción carecía de pruebas como fotografías o documentos que acreditasen su presencia en la capital.

Ante el desconcierto, la afectada recurrió el expediente y aportó varias fotografías tomadas ese mismo día en diferentes puntos emblemáticos de Sevilla, como Las Setas o la Giralda, cuyas propiedades digitales confirmaban la fecha y ubicación exactas.

El Ayuntamiento de Madrid tardó tres meses en resolver el recurso. Finalmente, en junio, el Jefe del Servicio de Instrucción de Multas de Circulación notificó el sobreseimiento y archivo del expediente sancionador, dejando sin efecto la sanción de 200 euros.

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