El Tribunal Supremo -TS-  no admitió a trámite el recurso de casación del Ayuntamiento de Alcalá contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía -TSJA- que condenó a pagar una cuantía adicional a un trabajador temporal contratado con cargo a los programas autonómicos de empleo temporal, al no haberle aplicado el convenio colectivo del personal laboral municipal. El Ayuntamiento, en declaraciones a La Voz de Alcalá, ha señalado que "el TS ha rechazado el recurso por no tener una sentencia de contraste y que el auto ni siquiera entra en el fondo de la cuestión".

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