La sentencia recoge cómo se impidió el acceso a información desde 2014 a 2017

La Sala de los Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía –TSJA–, en una sentencia fechada el 4 de octubre de este mismo año, ha condenado al Ayuntamiento de Alcalá a pagar 5.000 euros a la sección sindical de CCOO en el Consistorio por daños y perjuicios por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical. Además, el fallo obliga a abonar las costas judiciales. De este modo, el Alto Tribunal andaluz ha desestimado el recurso del Ayuntamiento contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Número 3 de Sevilla, que ya condenó al Ayuntamiento en los mismos términos el 8 de noviembre de 2016.

La sección sindical de CCOO en el Ayuntamiento denunció la vulneración de la libertad sindical por los reiterados impedimentos para acceder a información y documentos «necesarios para ejercer sus funciones». Así, la sentencia recoge como en abril de 2016, CCOO presentó un escrito ante el Ayuntamiento exponiéndole que «no informaba» sobre determinadas cuestiones de las que tenían conocimiento y que «afectaban a la plantilla». El sindicato solicitó información en diciembre de 2014; en abril, mayo, junio y noviembre de 2015; y en abril de 2016. Con una Mesa General de Negociación convocada para el 3 de noviembre, de nuevo el sindicato solicitó información «imprescindible». En otro escrito conjunto con el resto de secciones sindicales, pidieron documentación acerca de las deudas existentes con la plantilla municipal, así como el plan de pago previsto por el gobierno para ponerse al día con los trabajadores. Más tarde, entre diciembre de 2016 y febrero de 2017, pidió hasta en cinco ocasiones más información.

Durante todo este periodo, se llegaron a celebrar hasta 20 reuniones de la Mesa General de Negociación, de la Comisión Paritaria y Mesas Sectorial del Personal Laboral, «en las que trataron diversas cuestiones sobre las que había solicitado información» y en las que, defiende el Ayuntamiento, se aportaron los datos solicitados.

El Consistorio alega en el recurso «caducidad o prescripción» porque «existía un defecto en la demanda» y que los buscaban el sindicato era «el titular de en la prensa». Asimismo, afirma que «no niega el derecho a la información de los delegados sindicales de CCOO, y que si acaso no lo cumplió, «fue por falta de medios materiales y humanos, y porque lo que solicitaban, afecta a terceros protegidos». Estos argumentos, fueron rechazados por la sala del TSJA porque «son meras conjeturas e hipótesis». Sin embargo, sostiene la sentencia, queda acreditado que la sección sindical «viene solicitando en numerosas ocasiones la entrega de información sobre cuestiones laborales, sin que conste la entrega de la misma». Finalmente, la sentencia asegura que el Ayuntamiento de Alcalá venía «infringiendo, con reiteración, el derecho a la información de la sección sindical».

El Ayuntamiento no ha confirmado si presentó en plazo un recurso de casación en el Tribunal Supremo. Por otra parte, el sindicato, tras el fallo, ha pedido por escrito que se le facilite toda la documentación que se le negó desde 2014.

Licenciado en Periodismo. Actualmente La Voz de Alcalá, Sevilla Actualidad y En Andaluz. Antes en Localia TV y El Correo de Andalucía.

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