Repartidor / Just Eat
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Los pedidos a domicilio podrán realizarse hasta las 23:30 horas en Andalucía. Es la última modificación que ha realizado el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

El Boletín ha publicado este viernes una corrección de errores a la normativa inicial de la Consejería de Salud dirigida a los horarios de la hostelería y referente a los horarios para realizar y entregar pedidos a domicilio. En concreto, se podrán pedir hasta las 23:00 y entregar hasta las 24:00 horas.

Pedidos a domicilio: modificación tras el error de Andalucía

La modificación del miércoles había establecido las 23:00 horas como hora límite para realizar estos pedidos a domicilio, error que se ha corregido por parte de la Junta de Andalucía este viernes.

Medidas sin estado de alarma

Tras el próximo final del estado de alarma, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) analizará «caso a caso» las medidas que proponga la Junta de Andalucía frente a la COVID-19, siempre y cuando afecten a los derechos fundamentales, así lo ha declarado el presidente del TSJA, Lorenzo del Río.

Cuando el estado de alarma finalice el 9 de mayo, el presidente de la Junta Andalucía, Juanma Moreno, tendrá que afrontar los problemas que se originen junto a sus asesores.

Lorenzo del Río ha declarado que «por prudencia institucional y por obligación judicial no puedo intervenir en una reunión para consensuar o aconsejar una serie de medidas que luego pueden ser objeto de revisión judicial, estaría mediatizando».

De esta manera, ha garantizado que será la Administración autonómica quien tome y adopte las medidas necesarias según en la situación sanitaria que nos encontremos. Añadiendo, que la autoridad judicial se limitará a valorar estas medidas cuando afecten a los derechos fundamentales.

El TSJA se encargará de analizar «caso a caso» las medidas que se establezcan para valorar si son proporcionales a la situación sanitaria del momento. «Siempre será un control a posteriori no de forma previa», ha añadido.

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