El último Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) extraordinario publicado con los nuevos horarios y restricciones contra el COVID-19 recoge las medidas que entran en vigor a las 00:00 horas de este lunes 11 de enero y que permanecerán hasta la misma hora del 25.

  • Cierre perimetral de Andalucía como comunidad autónoma y de los ocho municipios de las áreas sanitarias Campo de Gibraltar Este y Oeste; además del de Añora en Córdoba. La salida y entrada solo se permitirá para desplazamientos justificados por los siguientes motivos:

-Salida a centros, servicios y establecimientos sanitarios. Salida a cumplir obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. -Salida a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. –Retorno al lugar de residencia habitual o familiar. -Salida para asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables. -Salida a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes. -Salida para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. -Salida para realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. -Salida para realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables. -Salida para realizar actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales. -Salida a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia. -Salida de de deportistas de categoría absoluta, de alto nivel o de alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados, para actividades deportivas de competiciones oficiales que estén autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias; se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo. -Movimientos por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. -Movimientos para otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

  • Se mantiene en seis personas la limitación de reuniones en espacios tanto públicos como privados, a excepción de convivientes.
  • Las reuniones y encuentros religiosos podrán realizarse en espacios públicos o privados al 50% del aforo, 30% en el caso de municipios en alerta 4.
  • El toque de queda será a las 22:00 horas y hasta las 6:00, permitiéndose la circulación en las siguientes excepciones:

-Salida para adquirir medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad. -Salida a centros, servicios y establecimientos sanitarios. -Salida a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia. -Salida para cumplir obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. –Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado. -Salida para asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o persona especialmente vulnerables. -Movimientos en el marco de partidos de competiciones deportivas de carácter profesional y ámbito estatal oficialmente reconocidas, y partidos de carácter internacional organizados por FIFA, UEFA, FIBA y Euroliga de baloncesto.

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