El uso de la mascarilla será obligatorio a partir del 15 de julio en toda Andalucía y en todos los espacios, pero ¿cuándo se puede evitar? Estas son las excepciones.

La norma obliga en espacios abiertos y cerrados y con independencia de si es posible o no guardar la recomendación de distancia de seguridad, también en las playas, excepto en el momento del baño o bajo la sombrilla entre miembros de una misma unidad familiar, al igual que ocurre en los bares cuando no se esté consumiendo. Tomando el sol tumbado también se podrá evitar, si se mantiene la distancia de 1,5 metros. Las multas por no cumplir esta medida serán de 100 euros.

Las personas o casos que no tendrán que incorporar mascarilla serán las que entren en los siguientes supuestos:

  • Personas con problemas respiratorios o problemas de salud que puedan verse perjudicados por la mascarilla (llevando siempre el justificante médico que lo acredite).
  • Personas con discapacidad o alteraciones de conducta que compliquen el uso de la mascarilla (también con justificante).
  • Cuando se realicen actividades incompatibles con el uso de mascarilla.
  • En casos similares de necesidad o fuerza mayor.

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